Registro canino de Campania: el reglamento regional sobre mascotas
La legislación actual que rige el Registro Canino de la Región de Campania es la Ley Regional n. 3/2019. Descubramos juntos lo que establece.
Respecto a las mascotas, la legislación de referencia es la Ley marco n. 281/1991, que delega en las Regiones la implementación de los principios contenidos en el mismo. En el área Campania la disciplina actual está contenida en la Ley Regional n. 3 de 2019, que establece, entre otras cosas, los métodos y plazos para el registro del perro en elRegistro canino regional.
El requisito de microchip para perros
La ley no proporciona una definición única de mascota.
Por tanto, no es tan fácil identificar los animales que pueden caer en esta categoría: ciertamente las costumbres de nuestra sociedad nos permiten afirmar que el perro y el gato están, sin duda, entre los más fieles compañeros del ser humano.
Otras mascotas son el caballo, el hámster, el conejillo de indias, el loro, el conejo; pero lo que hace de un animal un compañero es el vínculo emocional que lo une al ser humano: y esto va más allá de pertenecer a una especie animal y no a otra.
A pesar de esto, hasta la fecha, la legislación italiana establece la obligación de un microchip solo para el perro. los registro del Registro Canino está organizado sobre una base regional, con disposiciones regionales que lo regulan.
De hecho, la legislación nacional sobre mascotas (y prevención de animales callejeros) está contenida en el Ley marco n. 281/1991; que, sin embargo, se limita a definir cuáles son los principios generales de la materia. Por tanto, corresponde a las Regiones implementar este último, recurriendo a su propio poder legislativo.
En Campania Los principios de la citada ley marco se rigen actualmente por la Ley regional n. 2/2019, que, entre otras cosas, también decide las modalidades y plazos dentro de los cuales se requiere que el dueño del perro lo inscriba en el Registro Canino correspondiente.
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Registro canino de Campania: las reglas
De acuerdo conArte. 6 de la Ley Regional de Campania n. 3/2019, el dueño del perro está obligado a inscribir al animal en el Registro del Registro Canino dentro de los 15 días desde el inicio de la posesión, o dentro de los 30 días desde el nacimiento del animal.
El primer plazo, por tanto, regula los tiempos de registro de un perro adulto, o que en todo caso sea mayor de un mes.
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Quien no haya cumplido con la obligación en estos términos está en todo caso obligado a hacerlo antes de la venta del animal por cualquier motivo (piense, por ejemplo, en la hipótesis de venta: la inscripción en el Registro de entre los documentos que el vendedor de perros debe darnos).
La registro puede realizarse en la ASL territorialmente competente (sin cargo) o en un veterinario acreditado por la Región. los dueño ha la obligación también para informar, además del citado cambio de titularidad, cualquier cambio de domicilio, pérdida (y descubrimiento), así como la muerte del perro.
La misma regla prevéArte. 25 los que son los sanciones pecuniaria en caso de violación de las disposiciones antes mencionadas; una multa que puede oscilar entre los 100 y los 600 euros.
Antonio Scaramozza