Manifiesto por una ética interespecífica: el documento para la protección de los animales
El Manifiesto por una ética interespecífica, documento para la protección de los animales, reemplaza y al mismo tiempo representa su evolución, la Declaración Universal de los Derechos de los Animales.
los Manifiesto por una ética interespecífica fue firmado el 1 de febrero de 2002 por numerosas asociaciones de derechos de los animales y por diversas personalidades, que siempre han estado activas en la lucha por los derechos de los animales. El documento es una evolución de la Carta de 2000, que reemplaza a la Declaración Universal de los Derechos de los Animales.
El camino evolutivo que parte del Duda
La Declaración Universal de los Derechos de los Animales fue el primer documento, de carácter programático pero no legal, con un fuerte valor simbólico, elaborado para proteger a todos los seres vivos y sensibles.
Se firmó en París, en la sede de la UNESCO, en 1978. Entre los firmantes, procedentes de varios países, varias asociaciones que han seguido luchando, durante las siguientes décadas, por la causa animal.
A la delegación italiana también asistieron la Dra. Laura Girardello y el Dr. Giovanni Peroncini, posteriores inspiradores de la Tarjeta 2000, firmado en septiembre de 1999, y que es una evolución del DUDA
los Manifiesto por una ética interespecífica se presenta como la última etapa del camino iniciado en 1978 y que llega hasta nuestros días. Como los anteriores, el Manifiesto es también un documento programático, con un fuerte valor simbólico, pero que no tiene carácter jurídico.
Entre los firmantes un gran número de asociaciones, que siempre han estado comprometidas con la lucha por los derechos de todos los animales. Entre los muchos, se destacan
- Liberación Animal
- Animalex
- Animalistas italianos
- Asociación Vegetariana Animalista
- Cien por ciento animalistas
- Colectivo Animalista
- Comité Europeo de Defensa Animal
- Agencia Nacional de Protección Animal
- Friends of the Animals International Ltdl y Vinas
- Liga Antiivivisección de Emilia Romagna
- Liga Italiana de los Derechos de los Animales
- Liga para la abolición de la caza
- Movimiento Antiespecista
- Movimiento Antitouradas de Portugal
- Partido Animalista Europeo
- Voz internacional vegetariana para los animales
- Fundación Vegetariana y Vegana Entre las diversas personalidades involucradas, recordamos a Tom Regan, Mar-
gherita Hack, Stefano Cagno, Bruno Fedi, Valerio Pocar, Giulio Tarro.
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Los principios del Manifiesto por una ética interespecífica
La Declaración Universal de los Derechos de los Animales, aunque fue un paso importante en la lucha por los derechos de los animales en ese momento, tenía algunas debilidades.
El principal debía identificarse precisamente en el carácter antropocéntrico que lo caracterizaba, constituyendo una adaptación a la figura del animal de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
El verdadero punto de la cuestión, en la lucha por los derechos de los animales, es la necesidad de superar la visión antropocéntrica del mundo, basada única y exclusivamente en las necesidades, demandas y propósitos humanos, y reconocer la injusticia del especismo. que puede ser, en sentido amplio, como cualquier discriminación justificada sobre la pertenencia del individuo discriminado a una especie diferente.
Una diferencia que por tanto, para los suscriptores del Manifiesto, no tiene justificación legítima, y por tanto plantea una vulneración de los derechos naturales de todo animal.
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El documento consta de 5 artículos. que informamos en su totalidad:
Arte. 1
Los animales humanos y no humanos, como seres sintientes, es decir, conscientes y sensibles, tienen los mismos derechos a la vida, la libertad, el respeto, el bienestar y la no discriminación en el contexto de las necesidades de su especie.
Arte. 2
Con respecto a otras especies, los seres humanos, como todos los seres sensibles a los que se reconoce la potencialidad de un «agente moral», están obligados a respetar los derechos antes mencionados, renunciando a cualquier ideología antropocéntrica y especista.
Arte. 3
Como parte de esta relación, los alimentos o productos que deban derivar de otras especies deben obtenerse sin causar muerte, sufrimiento, alteraciones biológicas o perjuicio a las necesidades etológicas. Siempre que sea posible, deberían sustituirse en cualquier caso por sustancias de origen vegetal o inorgánico.
Arte. 4
Matar o hacer sufrir a individuos de otras especies (por ejemplo, sometiéndolos a trabajos forzados, utilizándolos para actividades, espectáculos o manifestaciones violentas, o criándolos y custodiéndolos de manera antinatural), o experimentando con individuos sanos y / o en el interés de otras especies u otros individuos, causarles daño físico o psicológico, poseer especies naturalmente autónomas o dañar su hábitat natural, o excederse en defensa propia, es una violación de los derechos antes mencionados, y debe ser considerado delito.
Arte. 5
La investigación científica debe ser sometida a estrictos controles para asegurar el cumplimiento de los principios antes mencionados. El principio de precaución también debe respetarse para otras especies.
Antonio Scaramozza