Daño moral por la muerte del perro: cuando es indemnizable según la ley
La jurisprudencia admite indemnización por daño moral por la muerte de su perro, pero solo en casos limitados: aquí están cuáles.
La muerte de tu mascota puede ser motivo de gran dolor y sufrimiento, similar al de la pérdida de un familiar. El reconocimiento de la indemnización del daño moral debido a la muerte del perro, sin embargo, permitido en casos limitados, encontró numerosos obstáculos; esto es lo que debe saber al respecto.
Responsabilidad extracontractual
Si bien la ley, en los últimos años, ha dado pasos importantes en la protección de los animales, existe una rigidez extrema en el reconocimiento de derechos que deben seguir ciertos logros legales de la mano.
El estado de miembro de la familia de la mascota se siente cada vez más. Sin embargo, durante muchos años la jurisprudencia negó la indemnización por daño moral por la muerte del perro (y en general de la mascota).
Sólo recientemente, y muy tarde, ha habido tímidas aperturas sobre el tema.
Pero vayamos en orden. De acuerdo conArte. 2043 del código civil, cualquiera que cause un daño injusto a otro está obligado a indemnizarlo. Si la muerte de su perro se produce como consecuencia de una infracción cometida por un tercero, sin duda tendrá derecho a una compensación pecuniaria.
Esto se debe a que, desde un punto de vista civil, para el sistema legal Fido es una res; algo que es parte de sus activos y, por lo tanto, económicamente valioso. Pero para muchos, la muerte de un perro equivale al duelo familiar.
Sin embargo, durante mucho tiempo se negó la indemnización por daños morales por la muerte del perro.
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Daño moral por la muerte de su perro
Sólo recientemente la jurisprudencia ha reconocido este derecho, claramente retrasado en comparación con otras experiencias jurídicas más ilustradas sobre este punto: en Francia, el primer pronunciamiento positivo sobre el tema se remonta a la década de 1960.
El daño moral, sin embargo lo és reembolsable solo en los casos previstos por la ley; por ejemplo en la hipótesis en la que la muerte del perro es el resultado de una conducta criminalmente relevante (piense en el crimen de matar animales), o en la hipótesis en la que ha sido se infringe un bien de importancia constitucional.
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Sin embargo, el Tribunal de Casación, con una sentencia norte. 4493 de 2009, estableció que el Justicia de la Paz, Cuando decidas de acuerdo a la equidad, también puede ordenar una indemnización por daño moral fuera de los casos establecidos por la ley; por lo tanto también por la muerte de su perro.
Claramente, el daño moral tendrá que probarse desde el momento.
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Antonio Scaramozza