Collar eléctrico para el perro: ¿de qué delito es responsable el dueño? ¿Qué decidió la Corte Suprema?

¿Qué delito comete el dueño que pone a su perro un collar eléctrico? La Casación respondió a la pregunta con dos frases.

Collar eléctrico para el perro: ¿de qué delito es responsable el dueño?
(Foto Adobe Stock)

Nuestro ordenamiento jurídico presenta un importante corpus de normas penales para la protección de la integridad psicofísica de los animales; pero la disposición legislativa por sí sola no es suficiente. Y es la jurisprudencia, en particular la de legitimidad, la que esclarece el ámbito de aplicación de las diversas normas a los casos concretos que, día tras día, se someten a su juicio. Esto es lo que los Armiños han establecido en términos de usar el collar electrico Para el caña.

¿Es siempre ilegal el uso del collar eléctrico?

¿Es legal un collar eléctrico para perros? ¿Cuándo infringe la ley el propietario? ¿Y qué crimen cometería?

Collar eléctrico (pantalla de video)
(Captura de pantalla de vídeo)

De hecho, hay mucha confusión sobre el tema. Por otro lado, los collares eléctricos están disponibles en el mercado y se pueden comprar legalmente; y dado que estos accesorios no pueden utilizarse para ningún otro propósito, la ilegalidad de su uso parecería una tontería irrazonable.

Las leyes penales que rigen los delitos contra los animales por sí solas no son suficientes para esclarecer el misterio. La Casación se ha pronunciado reiteradamente sobre el tema, dejando, sin embargo, diversas dudas interpretativas.

En efecto, los Armiños, desde el primer momento, o mejor dicho, desde el momento en que se vieron investidos del asunto, aclararon que

la producción de descargas u otros impulsos eléctricos transmitidos al animal con un control remoto […] es “ciertamente incompatible con la naturaleza del perro. (Sentencia nº 15061/2007).

Aparentemente más claro, al menos en lo que respecta a la consecuencias legales para el infractor, las sentencias posteriores.

Especialmente con el Sentencia n.38034 de 2013 la Corte Suprema dictaminó que

el uso de un collar electrónico, que produce descargas u otros impulsos eléctricos transmitidos al perro por control remoto, integra la infracción a que se refiere elarte 727 cprealizando una forma de entrenamiento basada exclusivamente en un estímulo doloroso tal que afecte significativamente la integridad psicofísica del animal.

Es el maltrato en el uso del aparato el que integra el delito de maltrato animal ex art. 544 ter cpesperaba que

toda conducta que produzca sufrimiento en el animal que no esté debidamente justificada constituye un ensañamiento relevante a los efectos de configurar el citado delito contra los sentimientos hacia los animales. (Sentencia n.15061/2007)

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dudas interpretativas

Por claras que puedan parecer las sentencias del Tribunal de Casación, quedan algunas dudas, sobre todo si se tiene en cuenta que la comercialización de collares eléctricos para perros es totalmente lícita y, por tanto, la compra no constituye un delito.

Caña
(foto de pixabay)

En particular es el Sentencia nº 38034 de 2013, que define el ámbito de aplicación de laArte. 727 pc en relación al caso analizado, para salir de algunas dudas.

En la primera parte, de hecho, los Stoats afirman textualmente que el uso del citado collar electrónico constituye un delito. ex art. 727 pcya que tiene un impacto significativo en la integridad psicofísica del perro.

En la segunda parte, sin embargo, la afirmación parece reducida y referida únicamente al entrenamiento del animal. Es claro, por tanto, que las dudas interpretativas son diferentes. Porque si el uso del collar eléctrico siempre puede configurarse como un adiestramiento para el perro, entonces dicho uso está siempre prohibido, pequeño.

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No sería ilegal, en sí mismo, aplicar el dispositivo en el cuello del animal, siempre que no se exploten sus características específicas. Una contradicción obvia: si es así, ¿por qué comprar un collar eléctrico en lugar de un collar normal?

No llegamos a consideraciones diferentes aun cuando la máxima deba entenderse en el sentido de prohibición del accesorio solo en la fase de entrenamiento: ¿por qué comprar el accesorio para un fin diferente al que se puede lograr con un collar normal y menos costoso?

Todo ello sin contar cuál sería la dificultad procesal de demostrar si el adiestramiento del perro ha terminado o no.

En resumen, todavía hay muchos nudos para elegir.

antonio scaramozza