Enjambres de abejas en propiedad ajena: ¿qué dice el arte? 924 del codigo civil
L’Arte. 924 del codigo civil regula las normas a aplicar en caso de que un enjambre de abejas propias entre en propiedad ajena: así lo establece.
Aún hoy el código civil presenta un enfoque puramente patrimonialista en cuanto a la figura del animal; y, al no haber sido innovada a la luz de las innovaciones que se han producido en los últimos años, especialmente en el plano penal, a menudo aparece ya como una disciplina anacrónica. Discurso que no parece aplicable a laArte. 924ccque regula los enjambres de abejas en propiedad ajena: así lo establece.
L’Arte. 924cc
El código civil establece que el dueño de un enjambre de abejas que entre en terreno ajeno tiene derecho a perseguirlo, siempre que indemnice al dueño del terreno por los daños causados por los insectos.
Más que un simple derecho, es una carga real que recae sobre el dueño de los animales; tanto que, si no persigue a los enjambres dentro de dos días, o si los ha dejado de perseguir dentro del mismo término, el dueño de la tierra puede tomar posesión de ellos.
Illinois término para el comienzo dePerseguirpor lo tanto, es de dos díasde los que podemos deducir razonablemente que empiezan a correr desde el momento en que el propietario tiene conocimiento de que las abejas han entrado en terreno ajeno, y no desde la propia salida, salvo que coincida con el reconocimiento del ‘evento’. .
L’Perseguirsin embargo, debe ser continuoy no cesar antes de dos días.
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Cuestiones interpretativas
¿Qué pasa si el dueño de las abejas no las recibe en dos días?
En efecto, la redacción del artículo deja algunas dudas.
Por un lado, parece evidente que la persecución de los animales debe comenzar antes de que transcurran los dos días, por otro lado, la aclaración de que la misma no debe haber cesado antes del mencionado plazo, nos lleva a preguntarnos qué ocurre cuando los insectos no se recuperan.
Sin embargo, no parece razonable decir que el dueño original pierde la posesión; la norma, de hecho, tiene como objetivo verificar su interés real en la recuperación de insectos. Habiendo comprobado que los mismos existen, se reserva el derecho de recuperarlos incluso después de la fecha límite indicada por elArte. 924cc.
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La regla se basa en un principio milenario, ya conocido también por la tradición jurídica de la antigua Roma, que es precisamente el de cazar los propios animales en tierras ajenas; por otra parte es la misma en que se fundamenta el artículo 925 del código civil, titulado “domesticar animales“, que establece que estos últimos pueden ser perseguidos por el dueño en la tierra de otra persona, sujeto a la obligación de indemnizar al dueño de este último por cualquier daño sufrido.